2. Dar de alta tu obra, cómo registrarla. ISBN (International Standard Book Number), ISMN (Partituras). ISRC (Grabaciones de sonidos musicales). ISAN (Productos audiovisuales).

International Standard Book Number (ISBN) es un número de 13 cifras que identifica de una manera única a cada libro o producto de editorial publicado en el mundo con características semejantes. Su propósito es identificar un título o la edición de un título de un editor específico.

El Real Decreto 2063/2008 del Ministerio de Cultura sobre el ISBN, publicado en el BOE número 10, del 12 de enero de 2009, en su “Disposición derogatoria única a)”, deroga la obligatoriedad de consignar el ISBN en las publicaciones, fijada por Decreto 2984/1972. Por tanto, no hay ninguna obligación de solicitar un ISBN para obtener el Depósito Legal ni mucho menos para publicar un libro.

El Real Decreto 2063/2008 del Ministerio de Cultura sobre el ISBN, publicado en el BOE número 10, del 12 de enero de 2009, en su “Disposición derogatoria única a)”, deroga la obligatoriedad de consignar el ISBN en las publicaciones, fijada por Decreto 2984/1972. Por tanto, no hay ninguna obligación de solicitar un ISBN para obtener el Depósito Legal ni mucho menos para publicar un libro.

No, en absoluto: los derechos de propiedad intelectual no quedan protegidos por la obtención de un ISBN sino por la propia publicación de la obra o por su inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual.

El MCED recibe la información de la Agencia del ISBN y publica una base de datos de acceso público:
http://www.mecd.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/libro/bases-de-datos-del-isbn/base-de-datos-de-libros.html

El ISBN es un número pensado para favorecer el comercio de las publicaciones. Si éstas no van a ser puestas a la venta, no necesitan ISBN. El Real Decreto 2063/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la Lectura, del Libro y las Bibliotecas en lo relativo al ISBN establece en su Anexo I las publicaciones que llevan código ISBN:

  • Obras monográficas impresas.
  • Publicaciones monográficas electrónicas, ya estén disponibles en Internet (libros electrónicos) como en soporte físico (CD-ROM, disquetes o cintas legibles por máquina).
  • Películas, vídeos, transparencias de contenido educativo o didáctico siempre que sean recursos didácticos de materias que se impartan en la enseñanza reglada. Se indicará la materia y el curso al que va dirigida la publicación.
  • Audiolibros ya estén en soporte físico (casete, CD, DVD, etc.) o disponibles en Internet.
  • Programas informáticos educativos o didácticos diseñados con propósitos educativos o de capacitación como tutoriales para el aprendizaje.
  • Mapas.
  • Publicaciones en Braille, o sus equivalentes en nuevas tecnologías.
  • Publicaciones que la editorial no tenga previsto actualizar regularmente ni continuar indefinidamente.
  • Separatas de artículos o números monográficos de una publicación seriada concreta.
  • Copias digitales de publicaciones monográficas impresas.
  • Publicaciones multimedia cuyo componente principal sea el texto.
  • Publicaciones en microforma.

El Real Decreto citado en el párrafo anterior establece en su Anexo I las publicaciones que no llevan código ISBN:

  • Publicaciones seriadas. Son aquellas publicaciones que normalmente se editan en partes sucesivas o integradas (como revistas o diarios) y suelen designarse numérica o cronológicamente. Su código de identificación es el ISSN.
  • Recursos continuados. Son publicaciones que se ponen en circulación a lo largo del tiempo sin fecha de finalización predeterminada, normalmente difundida en ejemplares sucesivos o integrados tales como publicaciones en hojas sueltas, soportes electrónicos sucesivos y sustitutivos y sitios Web que se actualizan de forma continuada. Pueden utilizar como código de identificador el ISSN.
  • Partituras. Su código de identificación es el ISMN.
  • Grabaciones de sonidos musicales. Su código de identificación es el ISRC.
  • Productos audiovisuales, tales como películas cinematográficas, documentales, publicitarias, dibujos animados, etc. Su código de identificación es el ISAN.
  • Materiales anejos a una obra monográfica que no tengan valor comercial por separado, y no se vendan por separado. No utilizarán un ISBN propio, pero pueden indicar el ISBN de la obra monográfica a la que acompañan.
  • Manuales de usuario de materiales no librarios y publicaciones que acompañan a periódicos y revistas.
  • Materiales docentes de uso interno en centros de enseñanza.
  • Memorias, estatutos y materiales de régimen interno de empresas, instituciones o asociaciones.
  • Obras textuales en abstracto.
  • Material impreso, o en otros soportes, de carácter temporal, como catálogos de librerías y editoriales, catálogos comerciales y publicitarios, folletos turísticos, cancioneros, folletos y programas deportivos, cinematográficos, escolares, políticos, escolares, teatrales, actos culturales, de fiestas, conmemorativos, de conciertos, etc., listas de precios y todo material publicitario o propagandístico.
  • Impresiones artísticas.
  • Documentos personales (por ejemplo, currículum vitae o perfil personal en formato electrónico).
  • Tarjetas de felicitación.
  • Programas informáticos que no tengan fines educativos ni didácticos.
  • Correos electrónicos y demás correspondencia electrónica.
  • Juegos.
  • Almanaques, agendas y calendarios.
  • Álbumes de cromos, de fotos, de ceremonias sociales, de sellos, de monedas y billetes, etc.
  • Directorios telefónicos.
  • Guiones de cine, radio y televisión, salvo que se publiquen comercialmente.
  • Libros de colorear y de pegatinas.
  • Obras impresas en multicopistas.
  • Pasatiempos (crucigramas, sopas de letras, sudokus, nurikabes, etc.)
  • Publicaciones de disponibilidad limitada y recursos actualizables como por ejemplo, publicaciones que se imprimen bajo demanda con un contenido adaptado a las peticiones del usuario.

Los libros electrónicos también necesitan ISBN para entrar en el circuito comercial.

Si son publicaciones impresas, deberá aparecer en el reverso de la portada. Si no fuera posible, deberá aparecer en alguna de las siguientes partes del libro:

  • En la parte inferior de la contraportada externa.
  • En el pie de la portada o junto con los créditos de la publicación.
  • En el pie de la contraportada.
  • En la parte inferior del reverso de la sobrecubierta o de cualquier otra funda protectora o envoltura.

Si son publicaciones electrónicas u otras formas de productos no impresos y suponen una presentación visual del contenido almacenado de forma electrónica, por ejemplo, una publicación en Internet, aparecerá en la pantalla de visualización del título, o su equivalente, o en la primera pantalla.

Si son publicaciones electrónicas que se difunden como objeto físico, como por ejemplo casete, disquete, CD-ROM, el ISBN aparecerá en cualquiera de las etiquetas que estén pegadas de forma permanente a dicho objeto. Si no es posible mostrarlo en el objeto o en su etiqueta, el ISBN aparecerá en la parte de abajo del dorso del embalaje permanente de dicho objeto, por ejemplo, en la caja, funda o embalaje.

Si son películas o vídeos el ISBN deberá aparecer en los títulos de crédito.
El ISBN debe imprimirse siempre con un tipo de imprenta lo suficientemente grande como para que sea legible (no menor de 9 puntos).

  • Es necesario un ISBN diferente para cada formato.
  • Cuando se produce un cambio de título.
  • Cuando se introducen en el texto cambios considerables. En la anteportada de indicarse que se trata de una edición revisada y debe figurar el nuevo ISBN.

Si solicitamos la tramitación normal (que tardará entre 4 y 5 días) de 1 ISBN para una publicación NO comercial tiene un precio de 45€.

Si solicitamos el servicio urgente (que tardará 1 día laborable*) de 1 ISBN para una publicación NO comercial tiene un precio de 95€.

Si solicitamos la tramitación normal (que tardará entre 4 y 5 días) de 1 ISBN con la gestión de datos ricos DILVE para una Publicación comercial tiene un precio de 80€.

Si solicitamos el servicio urgente (que tardará 1 día laborable) de 1 ISBN con la gestión de datos ricos DILVE para una Publicación comercial tiene un precio de 130€.

* Día laborable (de lunes a viernes y en Madrid) siguiente al día de la operación.

Para más información consulte el apartado de Tarifas

Puedes realizar el pago por medio de:

  • Tarjeta de crédito o débito.
  • Transferencia Paypal. Si prefiere realizar el pago por transferencia deberá disponer de una cuenta PayPal. [+ info paypal.es].

Si usted elige “Datos ricos”, podrá incorporar a la ficha del libro datos comerciales que son imprescindibles para la venta. Podrá completar todos ellos o solo los que le interesen:

  • Portada
  • Resumen
  • Índice
  • Fragmento
  • Otros detalles de la obra

Recuerde que toda esta información estará disponible para la cadena comercial en España y en el extranjero (librerías, tiendas en línea y distribuidoras), que hoy exige datos enriquecidos del libro para hacerlo más visible en los canales de venta.

Una vez dentro de la Plataforma ISBN, si lo desea podrá añadir “Datos ricos” de libros registrados con anterioridad en esta Agencia.

El número ISSN es un código de 8 dígitos que sirven para identificar publicaciones periódicas y recursos continuos de toda clase y editada en cualquier soporte, ya sean impresos en papel o en formato digital.

https://www.bne.es/es/conocenos/centro-nacional-espanol-issn

El ISSN (International Standard Serial Number / Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas) es el código internacional de identificación de las publicaciones seriadas (revistas, periódicos, boletines, anuarios, series monográficas…).
España forma parte de la Red ISSN desde 1978, año en que se creó el Centro Nacional Español del ISSN, actualmente integrado en el Departamento de Control Bibliográfico de Revistas de la Biblioteca Nacional de España.
Este trámite es gratuito.
El Centro Nacional Español del ISSN. Es el responsable de la asignación de ISSN y título clave a los recursos continuados editados en España, bien hayan cesado, estén en curso o se prevea su publicación.
En virtud del RD 1405/2007, de 29 de octubre, las empresas y entidades editoras radicadas en Cataluña deberán dirigirse a la Biblioteca de Catalunya.

Cómo obtener el ISSN

  • Rellenar formulario de solicitud y enviar por correo postal a la dirección: Centro Nacional Español del ISSN. Centro Nacional Español del ISSN. https://www.bne.es/es/conocenos/centro-nacional-espanol-issn
  • Enviar, además, ejemplar del primer número o fascículo (o en su defecto fotocopia de portada y página de datos editoriales) y un ejemplar del número más reciente.
  • En todos los casos es necesario para la correcta identificación de la publicación que figure claramente indicado en algún apartado de esta el lugar de edición y la entidad y/o editor responsable de dicha edición.
  • El número de Depósito Legal es un trámite obligatorio para cualquier tipo de soporte excepto para las publicaciones seriadas en línea. Su tramitación corre a cargo del editor de la publicación.

Para qué sirve:

  • El ISSN (International Standard Serial Number / Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas) es un código numérico reconocido internacionalmente para la identificación de las publicaciones seriadas. El ISSN identifica sin ambigüedades ni errores la publicación seriada a la que va asociado. Se trata de un código numérico que no tiene ningún significado intrínseco: no contiene ninguna información sobre el origen o el contenido de la publicación, no busca asegurar la calidad o la validez del contenido.
  • El número ISSN está asociado al título de la publicación. Si el título se modifica de modo significativo, se debe asignar a esa publicación un nuevo número ISSN.

El International Standard Music Number (ISMN) es el número internacional que identifica unívocamente las publicaciones de música escrita, ya sea para su venta, alquiler, difusión gratuita o a efectos de derechos de autor.
Sirve para racionalizar la elaboración y el tratamiento de las publicaciones de música escrita y sus respectivos datos bibliográficos, para las editoriales, el comercio de música y las bibliotecas.
La norma 10957:2009 define las reglas básicas del sistema ISMN.

El código numérico consta de 13 dígitos estructurados en 5 elementos, algunos de los cuales son de longitud variable. Irá siempre precedido por las siglas ISMN.
Por ejemplo: 979-0-2306-7118-7 compuesto por el prefijo EAN 979 y el 0 (cero), dígito que identifica las publicaciones con ISMN, distinguiéndolas de otros números normalizados, como por ejemplo el ISBN.
2306: prefijo editorial que identifica al editor y es de longitud variable. A los editores con una gran producción se les asigna números más cortos que a los que publican menos, los cuales tendrán números de mayor extensión. La cantidad de dígitos guarda relación con el siguiente elemento.
7118: identifica los ítems o publicaciones de una obra disponibles por separado. Este número es asignado por la editorial.
7: dígito de validación que verifica que el número es correcto, siendo calculado matemáticamente.

El Número Internacional Normalizado para Música es un instrumento útil en todos los ámbitos relacionados con las publicaciones con notación musical: elaboración, distribución, venta y préstamo. Por tanto, editores de música, comercio musical y bibliotecas son los principales beneficiarios de los efectos de racionalización del sistema ISMN.

Llevarán ISMN:

  • Partituras
  • Partituras de estudio
  • Partituras vocales
  • Conjuntos de partes
  • Partes individuales disponibles por separado.
  • Hojas sueltas de música pop
  • Antologías
  • Otros medios que sean un componente integrante de una publicación musical (por ejemplo, una grabación en cinta que es una de las “partes” de una composición)
  • Textos de canciones o libretos publicados con la música impresa (si están disponibles por separado)
  • Comentarios publicados con la música impresa (también disponibles por separado)
  • Cancioneros (opcional)
  • Publicaciones musicales en microformas
  • Publicaciones musicales en Braille
  • Publicaciones electrónicas con música notada
  • Métodos y otros materiales pedagógicos con música notada

No tendrán asignado ISMN:

  • Obras literarias sobre música, a las que se asignará un ISBN
  • Grabaciones sonoras y videográficas, a las que se aplicaría el ISRC o el ISAN respectivamente.
  • Publicaciones periódicas y series, tomadas como un conjunto que llevarán un ISSN. No hay que confundirlo con una obra en varios volúmenes.

El editor o editora solicita a la Agencia un prefijo editorial que le identifique y le dé la posibilidad de asignar un número a sus publicaciones. Una vez cumplimentada su solicitud será la Agencia Nacional la que le dé un número, que vendrá determinado en función de su producción editorial.
La Agencia le facilitará un listado con números que distribuirá el editor a sus publicaciones. Este cumplimentará un formulario por cada una de ellas que deberá ser validado por la Agencia Nacional. En el caso de autores editores o instituciones que editen puntualmente será la Agencia la que asigne un número a cada publicación.

https://www.musicadanza.es/es/agencia-ismn/como-solicitar-un-ismn

Deberá ser asignado un ISMN propio a cada edición diferente de una obra. También en los siguientes casos:

  • Un cambio del contenido musical o literario de una obra necesita un nuevo ISMN.
  • Cuando un texto literario que forma parte integrante de una obra musical es alterado respecto a la edición publicada con anterioridad.
  • Cuando una traducción de un texto literario es añadida, eliminada o alterada, debe asignarse un nuevo ISMN, aunque el texto o la música no hayan sufrido ninguna otra modificación.
  • Cuando el tamaño físico es modificado sustancialmente con el fin de producir una nueva edición de partitura de orquesta, estudio o de bolsillo.
  • Para encuadernaciones diferentes de una misma obra se asignan números diferentes.
  • Una impresión o reimpresión no modificada del mismo ítem en el mismo formato y por el mismo editor, no debe tener asignado un nuevo ISMN, al igual que los cambios de precios no dan lugar a la asignación de un nuevo número. En estos casos las modificaciones deberán de informarse a la Agencia.
  • Publicaciones en varios tomos: Deberá ser asignado un ISMN tanto al conjunto de los tomos, así como a cada tomo individual del conjunto.
  • Fondo editorial: Se recomienda a los editores que numeren las anteriores ediciones y que publiquen esos ISMN en sus catálogos.
  • Derechos adquiridos a otros editores: Cuando un editor, incluido un agente con derechos de venta exclusiva, ha adquirido los derechos de una obra musical a otro editor y publica dicha obra con su propio nombre, se asignará a esta publicación un nuevo ISMN por el nuevo editor. Si varios editores han adquirido los derechos, cada uno de ellos para su propio territorio, cada uno de ellos le asignará su propio ISMN.

El ISRC o International Standard Recording Code, es la identificación internacional para las grabaciones de sonido y grabaciones de videos musicales. Cada ISRC es un identificador único y permanente para una grabación específica, este código es la huella digital de una canción.

¿Cómo conseguir el ISRC de una canción?
Ponerse en contacto con la Agencia Nacional de ISRC del país. En la página Contactos de las Agencias Nacionales encontrará un listado alfabético actualizado. Si en su país no hay ninguna Agencia Nacional, puede presentar una solicitud para obtener un código ISRC ante la Agencia Internacional de ISRC.
AGEDI es la Agencia Nacional del ISRC en España y es la responsable de la asignación del código ISRC de Entidad Registradora o Compañía. Hay varias formas de obtener un código ISRC de Entidad Registradora: Siendo socio de AGEDI, siempre que se tenga un repertorio propio ya comercializado.

El código ISAN es un sistema voluntario de numeración, similar al ISBN utilizado en el sector editorial o al ISWC/ISRC de las piezas musicales, para la identificación de las obras audiovisuales.

Para que pueda beneficiarse de las ventajas de su utilización, EGEDA https://www.egeda.es/EGEDA_Servicios.aspx  ha constituido Aribsan (Agencia Iberoamericana para el Registro ISAN) para su gestión en Latinoamérica. www.aribsan.com

Su utilización le reporta importantes ventajas:

  • Facilita el registro de sus obras y su explotación a escala mundial.
  • Mejora la comunicación entre bases de datos, simplificando las gestiones de productoras, distribuidoras y el conjunto del sector audiovisual.
  • Mejora la gestión de los derechos de propiedad intelectual.
  • Contribuye a luchar contra la piratería.

Contacte con https://www.egeda.es/EGEDA_Contacto.aspx para obtener el código ISAN para sus obras

Fuente: Agencia del ISBN

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